
Para portar armas en República Dominicana es necesario tener una licencia emitida por el Ministerio de Interior y Policía (MIP), facultad que por tiempo limitado permite desarrollar actividades con armas, municiones o materiales relacionados. Para este permiso otorgado a personas físicas y jurídicas, los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos, conforme al artículo 14 de facultad para emisión de la Ley 631-16 de Armas. (Seguir leyendo…)
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