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Iker Casillas contra Telecinco: El Supremo condena a la productora de ‘Viva la vida’ a indemnizar al exfutbolista con 30.000 euros por intromisión a su honor

Iker Casillas contra Telecinco: El Supremo condena a la productora de ‘Viva la vida’ a indemnizar al exfutbolista con 30.000 euros por intromisión a su honor

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LA KW

julio 2, 2026 • 5 min lectura

Iker Casillas ha ganado una nueva batalla legal contra la prensa del corazón. El Tribunal Supremo ha condenado a la productora Cuarzo Producciones y al colaborador José Antonio Avilés a indemnizar al exportero de la selección española de fútbol con 30.000 euros por intromisión ilegítima en el derecho al honor y a su intimidad . Una sentencia emitida a raíz de unos comentarios realizados en marzo de 2021 en el programa ‘Viva la vida’ (Telecinco) que hablaban sobre unos audios privados atribuidos al deportista en los que comentaba su ruptura con la madre de sus hijos , Sara Carbonero. Iker Casillas y Sara Carbonero, en una imagen de 2018. GtresTodo ello justo un día antes de que la pareja anunciase públicamente su separación tras 11 años de relación y dos hijos en común. «Nos sentimos enormemente orgullosos de la familia que somos y de haber podido compartir un amor que nos ha llenado de felicidad durante todos estos años de unión. Hoy nuestro amor de pareja toma caminos distintos pero no lejanos puesto que seguiremos juntos en la maravillosa tarea de seguir siendo padres dedicados como hasta ahora lo hemos hecho. Es una decisión muy meditada y que tomamos de mutuo acuerdo. El respeto, el afecto y la amistad permanecerán siempre […]. Estas serán las únicas palabras públicas que realizaremos en el presente y en el futuro», anunciaron el 12 de marzo de aquel año, a través de sus respectivas cuentas en redes sociales. SentenciaAhora, los magistrados de la sala de lo civil consideran que el revelado unos audios privados de Iker Casillas suponen una intromisión en el derecho al honor y a la intimidad. En una sentencia dictada el pasado 23 de junio, a la que ha tenido acceso la agencia EFE, «el alto tribunal ha estimado el recurso de casación que interpuso el exguardameta contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, que había anulado una condena en primera instancia impuesta por un juzgado de Pozuelo de Alarcón (Madrid), ahora confirmada por el Supremo». Además de la indemnización, tal y como confirma la agencia de noticias, «la condena incluye eliminar todo tipo de material publicado en la web o plataformas de la productora que vulneren los derechos al honor e intimidad del exjugador».Noticia relacionada general No No David Bisbal se sincera sobre la situación de su hermano José María: «Es duro» Marina OrtizSin conocer la autenticidad de esos audios privados, el Supremo considera que la sola emisión de los mismos en un programa de televisión supone una intromisión ilícita en la intimidad, porque «el contenido de una comunicación privada remitida por el demandante a una tercera persona, en circunstancias como las del presente caso, carece de interés público», revelan desde EFE. «Que la separación matrimonial de un personaje público pueda tener interés en el ámbito de la llamada prensa del corazón (….) no equivale a que el contenido de los mensajes privados enviados por uno de los afectados por dicha separación matrimonial lo tenga», señalan los magistrados y recoge la agencia de noticias. «La condena incluye eliminar todo tipo de material publicado que vulneren los derechos al honor e intimidad del exjugador»Además de la intromisión al honor, los comentarios realizados por los colaboradores del espacio televisivo suponen una «una consideración negativa -de Casillas-, al insinuar una conducta moralmente reprochable del demandante en relación con cuestiones que afectan a su intimidad y que no pueden ser objeto de debate público para escarnio » del exfutbolista. Y no consideran que los comentarios vertidos estén amparados por la libertad de expresión, pues no forman parte de cuestiones de interés general, sino del ámbito privado y familiar.

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